Descuento residente no peninsular: la letra pequeña que debes conocer para viajar
CERTIFICADO DE VIAJES
Desde el 16 de julio 2018 es posible viajar con el nuevo Descuento Residente pagando poco más del 25% del precio original del billete. Si vives en las islas Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla, toma nota de nuestros consejos para viajar sin certificado de Residencia y entérate de toda la letra pequeña de la normativa que debes conocer.
A partir del 16 de julio 2018 se empieza a aplicar en España el nuevo descuento del 75% para residentes no peninsulares para viajar en barco o avión. Los ciudadanos que hayan fijado su residencia en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, y cumplan los requisitos de identificación y acreditación, ya pueden comprar sus billetes para los vuelos y trayectos marítimos a la península por un poco más del 25% de su precio. El esperado descuento del 75 por ciento en el precio de los pasajes, sirve para compensar la lejanía e insularidad de estos territorios, donde la única opción para sus desplazamientos pasa por subir a un avión o tomar un barco.
Por otro lado, desde el año 2014 se viene aplicando una nueva normativa que regula la forma de justificar el derecho al descuento de residencia. Gracias a ella, ya no es necesario presentar en papel el certificado padronal cuando la acreditación de residencia se resuelve de manera positiva (validación SARA) en el momento de la reserva de billetes o emisión de los pasajes.
Para que estés informado de todo, hemos buceado en la letra pequeña de la normativa y en las condiciones legales que aerolíneas y navieras exigen para poder demostrar que se tiene derecho a viajar más barato por beneficiarte del descuento residente canario, balear y para Ceuta y Melilla.
Guía Descuento Residente para viajes
SARA, el nuevo certificado
El 1 de noviembre 2014 entró en vigor la nueva normativa para viajar con descuento residente que incrementaba el importe de la subvención a los billetes aéreos y los pasajes de barco a quienes acreditaran residir en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla.
Conoce a SARA y la normativa para viajar sin certificado de residencia en papel
Esta nueva normativa también viene a cambiar la tramitación y reserva de billetes con descuento residente y supone la implantación definitiva del sistema SARA.
Qué es SARA
SARA son las siglas de Sistema de Acreditación de Residencia Automático, una base de datos gestionada por el Ministerio de Fomento del Gobierno de España que permite la acreditación automática de la residencia en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla. Desde noviembre 2014 es el único medio para verificar si una persona tiene derecho a viajar con descuento residente canario o balear, entre otros.
Este sistema es de uso obligado por agencias de viaje, portales de reservas en Internet, compañías aéreas y navieras para verificar y acreditar si el pasajero tiene derecho al descuento residente.
Para el viajero supone que a partir de ahora ya podrá viajar sin el certificado de residencia, documento impreso acreditativo del empadronamiento expedido por el ayuntamiento donde residan, facilitando los trámites para viajar con descuento residente no peninsular.
En este artículo resolvemos todas tus dudas acerca de la nueva forma de acreditar la residencia y como se aplica la normativa aprobada para viajar con descuento residente en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
Normativa residente: cómo viajar
Preguntas y respuestas.
La nueva normativa descuento residente se comenzó a aplicar el 1 de noviembre 2014 y afecta únicamente a ciudadanos residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla en la forma de tramitación y reserva de billetes de avión y barco con descuento de residencia.
A partir de ahora, la consulta telemática es obligatoria y si la compañía aérea, naviera o quien venda el billete, no ha realizado la consulta a SARA de un billete subvencionado, ese billete no tendrá aplicado el descuento residente ya descontado al pasajero. Asimismo, si un pasajero al que no le corresponde la subvención mantiene el billete como residente, quedarán registrados informáticamente sus intentos de consulta y rechazo del SARA con lo que, además de que su billete sea rechazado en el aeropuerto, podría incurrir en responsabilidades legales.
¿Qué es SARA?
SARA son las siglas de Sistema de Acreditación de Residencia Automatizado creado por el Gobierno de España para la venta de billetes subvencionados con el descuento residente no peninsular, que evita que el beneficiario tenga que llevar un certificado de residencia para acreditar que vive en algún municipio de Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla.
Hasta ahora la utilización de SARA era opcional, tanto por parte de las aerolíneas y navieras como por los propios viajeros. Había que dar permiso expreso para verificar la residencia haciendo la consulta con este sistema. Si como viajero no aceptabas, la consulta no se hacía, lo que implicaba tener que presentar un certificado de residencia expedido por el ayuntamiento de turno en el momento de viajar.
Sin embargo, desde el 1 de noviembre esta consulta es obligatoria aunque no se cuente con el permiso del pasajero. Se entiende que si optas por viajar con descuento residentes es porque cumples los requisitos y, por tanto, admites que sea comprobado si tienes o no derecho a la subvención.
Si el resultado de la consulta en SARA es positivo, podrás viajar sin problema. Si es negativo, el pasajero dispondrá, dentro de las siguientes 3 horas después de la compra del billete, de un número limitado de intentos (falta por determinar el número exacto, que parece serán 10) para cambiar datos o errores tipográficos que permitan la validación. Hay que recordar que para que el sistema SARA dé un billete como validado, los datos del pasajero (nombres, apellidos, número de identificación, etc.) deben coincidir con los que aparecen en su DNI o NIE.
Si después de los varios intentos, SARA no valida el billete, el pasajero tendrá que acudir al aeropuerto o estación marítima con el certificado de residencia para justificar la subvención, además del DNI, NIE o pasaporte para justificar su identidad.
¿Cómo funciona SARA?
Antes con SARA, cuando se marcaba la opción de descuento residente al reservar el billete, se le aplicaba el descuento y el billete quedaba marcado para que en la facturación o en el embarque se solicitara al pasajero que le mostrase el Certificado de Residencia, único documento válido para justificar la subvención, así como el DNI/NIE o pasaporte en vigor, para acreditar su identidad.
Ahora con SARA, los propios sistemas de venta de los transportistas y agencias de viajes, tras la compra de un pasaje que comporta una subvención de residencia, verificar con una base de datos de la Administración si realmente el pasajero tiene derecho a esa subvención.
Si el resultado en positivo, el billete queda marcado como validado con descuento residente y desaparecen las marcas que indican que se debe presentar el certificado de residencia.
¿Quienes podrán utilizar SARA para acreditar la residencia?
La gran mayoría de los residentes podrán utilizar SARA. No podrán los pasajeros que no dispongan de DNI (o el equivalente para extranjeros residentes), ni los pasajeros que se hayan hecho residentes recientemente antes del viaje. Los menores de 14 años que no dispongan de DNI, por ejemplo, no pueden hacer uso de SARA. El descuento residente no peninsular es una bonificación al transporte marítimo y aéreo que otorga el Gobierno de España a ciudadanos que acrediten su residencia en cualquiera de los municipios de las Islas Canarias, Islas Baleares y los territorios españoles norteafricanos de Ceuta y Melilla. Actualmente está fijado en un porcentaje de descuento hasta un 50% en billetes de avión y de barco, sólo para trayectos interinsulares y entre islas con la península, sean de ida o de vuelta (no se aplica cuando se viaja al extranjero).
¿Qué pasa cuando falla SARA?
En los últimos meses se han corregido muchos de los problemas que daba este sistema y ahora las incidencias son mínimas. Pero aún no es perfecto y, aunque el porcentaje sea mínimo (menos de 1%), cuando ocurran, los pasajeros podrán intentar validarse hasta diez veces en las siguientes 3 horas. Después de eso, no queda más remedio que acudir a las oficinas de la compañía o al mostrador con el certificado de residencia impreso en vigor.
¿Y si no tengo el certificado?
Aunque sea un domingo y no puedas conseguirlo, o por cualquier otro motivo de peso. Si el billete no ha sido validado por SARA y no dispones de certificado de residencia que lo acredite, no podrás viajar con ese billete. La normativa sobre subvenciones por residencia así lo establece y ya no se permite el pendiente de residente que se hacía hace unos años.
¿Puedo sustituir el certificado de residencia por otro documento?
La normativa sobre bonificaciones en viajes indica que los únicos ciudadanos que pueden sustituir el certificado de residencia por otro documento son los diputados y senadores que aportarán el acta de diputado o de senador. Para el resto de los ciudadanos, sólo es válido el certificado de residencia del ayuntamiento (modelo para viajes con subvención).
Pero si en mi DNI consta el domicilio ¿no vale?
Según la normativa vigente, no. El Documento Nacional de Identidad o el Pasaporte deben presentarse a efectos de identificación personal. Hay que enseñarlos también en el momento del embarque. Pero no pueden sustituir al certificado de residencia y por lo tanto no son válidos para acreditar que se tiene derecho al descuento residente.
Soy residente extracomunitario, ¿cómo me afecta el descuento?
Si eres residente extracomunitario con derecho a subvención (si vives en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla; tienes además residencia en España de larga duración, o bien eres familiar de ciudadano de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza) puedes acogerte a las subvenciones de residencia, aportando los documentos pertinentes. Si estás incluido en la base de datos de la Administración, podrás validarte con el SARA igual que el resto de los pasajeros. Si no estás incluido, deberás aportar el Certificado de Residencia y el documento identificativo que tengas (NIE o pasaporte en vigor).
Soy residente y nacional de otro país de la Unión Europea ¿cómo me afecta?
Si eres ciudadano de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y resides en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla; también tendrás derecho a subvención y podrás acreditar tu residencia mediante SARA en el momento de la compra del billete. Es muy importante en caso de ciudadanos extranjeros que escribas tu nombre correctamente, tal y como aparezca en el documento español de identidad si lo tienes, certificado de empadronamiento, o en tu pasaporte, ya que hay muchos errores por inscribir mal el nombre en las bases de datos. En caso de que el sistema no te reconozca el derecho a subvención, deberás acreditarlo mediante la exhibición en facturación o embarque de tu certificado de residencia además de tu documento de identidad o pasaporte en vigor.
¿Cómo puedo comprobar si estoy incluido en la base de datos de SARA?
Al sacar un billete con subvención de residencia, debes introducir tus datos correctamente, igual que aparecen en el DNI. Por ejemplo, si te llamas María Dolores, no escribas solo Dolores o Lola en el nombre del billete. Si el sistema te valida, quiere decir que estás incluido en el sistema y podrás viajar sin certificado. En caso contrario, puede que no estés incluido o que los datos introducidos no coinciden con los de la base de datos. Es la única forma, comprando un billete; no se puede comprobar con antelación al viaje.
¿Se puede validar la residencia en el momento del embarque?
No. A partir del 1 de noviembre, la nueva normativa sobre subvenciones de residente lo impide. Al finalizar el plazo de tres horas después de la compra del billete sin validar la residencia, no es posible intentar validarlo de nuevo.
Si no puedo viajar con ese billete, por haber obtenido respuesta negativa de SARA y no dispongo del certificado de residencia para acreditarme en el embarque, ¿puedo sacar otro para viajar?
Sí, tendrías que comprar un billete nuevo. Ya depende de la aerolínea o naviera si se respeta la misma reserva o no, dependiendo de que hayan plazas disponible y de las condiciones de compra.
En ese caso, ¿se me devolverá el importe del primer billete?
La instrucción del Ministerio de Fomento es no admitir el importe del primer billete como pago del segundo. Sin embargo, otras compañías pueden tener condiciones distintas más beneficiosas para el pasajero, pero esto ya depende de cada una. Por ejemplo, la aerolínea Binter Canarias informa que si eres residente y pueden cotejarlo con tu DNI, te admitirán el importe del primer billete para la compra del segundo. En caso contrario, aplican la recomendación del ministerio no permitiendo usar el importe del primer billete como pago del segundo.
¿Puedo beneficiarme del descuento si NO soy residente?
Si no tienes derecho al descuento, no trates de comprar un billete con subvención de residente. El sistema no te lo permitirá (fallará al validar con SARA), así que ahórrate complicaciones y deja de hacer el chorra. Pero si lo intentas, ten en cuenta que puedes ser acusado de fraude por las autoridades. Todos los intentos de consulta realizados por el usuario y los rechazos del SARA, quedarán registrados informáticamente,mcon lo que, además de que tu billete será rechazado en el momento de viajar,mpodrás incurrir en responsabilidades legales.
Consejos para viajar sin certificado de residencia
En el momento de comprar el billete, asegúrate (o pide a quien lo esté emitiendo, si es por agencia de viajes) de poner los datos personales tal como aparecen en el DNI. Los nombres y apellidos deben coincidir.
Debes prestar a la respuesta que da el sistema y a si valida o no el descuento residente. Te dará las instrucciones necesarias para viajar con tu billete bonificado.
Si el sistema no reconoce tus datos, podrás intentarlo de nuevo hasta diez veces (al menos en las oficinas de venta de billetes), poniendo especial atención a la exactitud de los datos, respecto a los que aparecen en el DNI. No te olvides de escribir en el billete el nombre y apellidos completos, tal cual aparecen en el DNI.
Si así todo no resultara el billete validado como residente, recuerda llevar el certificado de residencia impreso y en vigor como se hacía hasta ahora. En caso de dudas, lleva el certificado de residencia y acude con tiempo al aeropuerto o estación marítima para consultarlo en la oficina de atención al pasajero de la compañía.
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