Certificado Covid digital de la Unión Europea, un poco más cerca
COVID-19: VIAJAR ES DIFERENTE
Podría estar listo en los meses de verano, pero aún queda que la medida sea adoptada por los países de la UE

El Parlamento Europeo y el Consejo de Europa han alcanzado el 20 de mayo 2021 un «acuerdo político provisional» (cita textual de la nota de prensa oficial en inglés) sobre el futuro reglamento que regulará el Certificado Digital COVID de la Unión Europea (UE), el mal llamado pasaporte COVID como se conoce popularmente.
Esto significa un paso más para que este certificado (antes llamado Certificado Verde Digital) que facilitará los viajes en Europa, pueda estar listo a finales de junio, tal y como estaba previsto.
Sobre el nombre del nuevo documento, la denominación oficial pactada es Certificado Covid Digital de la Unión Europea. La propuesta original de la Comisión lo llamaba Certificado Digital Verde. El Parlamento ha querido desde el principio suprimir verde por considerar que crea confusión. El Ejecutivo comunitario quería mantener digital. El resultado final es una mezcla entre los dos.
En cualquier caso, la finalidad de la iniciativa es la misma: reactivar los viajes dentro de la UE, salvar la temporada estival y apuntalar así la recuperación económica tras la crisis pandémica.
Pero aún queda mucho que hacer para que el 1 de julio se ponga en marcha
El acuerdo todavía tiene que ser validado por los Estados miembro, previéndose que se someta a votación la segunda semana de junio en el pleno de la Eurocámara.
Pese ha haberse tomado en tiempo récord, apenas dos meses después de la propuesta de la Comisión, aún queda que el acuerdo sea debatido, reformado en su caso y aprobado por los 27, que cada Estado miembro haga suya la decisión que finalmente se tome y la implemente en su territorio. Ya sabemos que las cosas de Bruselas van despacio…
En el caso de España, se que añade además un acuerdo previo (otro) en la Comisión Interterritorial de Salud, que debería coordinar su puesta en marcha con las Comunidades Autónomas. Estas gestionan, cada una con sus normas, diecisiete servicios sanitarios diferentes que no interactúan entre sí, con sistemas informáticos carentes de interoperabilidad.
Si la tarjeta sanitaria de una región española aún no se reconoce en otra, veremos cómo lo harán para integrar antes del 1 de julio su información en la base de datos paneuropea que requiere el sistema.
Próximos pasos
El acuerdo político deberá ahora ser adoptado formalmente por el Parlamento Europeo y el Consejo. El Reglamento entrará en vigor el 1 de julio 2021 y se establece un periodo transitorio de seis semanas para aquellos Estados miembros que necesiten más tiempo para la emisión de certificados.
En paralelo, los Estados miembro con al apoyo de la Comisión Europea, deben finalizar sus soluciones nacionales para la emisión y verificación de este nuevo Certificado Digital Covid de la Unión Europea, antes de que puedan incorporarse a la pasarela.
En el aspecto técnico, el portal unificado europeo, que permite verificar los certificados en las fronteras, está listo y debería entrar en funcionamiento en junio.
Europa también proporcionará a los países un software de referencia de código abierto para ayudar a los Estados miembros a desarrollar su solución nacional para expedir certificados, escanear y comprobar los códigos QR, definiendo también los requisitos de la cartera digital para su almacenamiento.
Qué será el Certificado Digital Covid de la Unión Europea
El Certificado Digital Covid europeo es la denominación escogida para referirse colectivamente a tres tipos de certificados:
- vacunación contra COVID-19
- recuperación del COVID-19
- prueba negativa de COVID-19
El acuerdo alcanzado el 20 de mayo que deben ratificar los Estados miembro, establece las características principales del nuevo documento.
Estos son algunos aspectos clave:
- permitirá acreditar si la persona está vacunada, si posee una prueba covid negativa o si ha pasado la enfermedad y se ha recuperado de la misma (es decir, tiene anticuerpos)
- podrá presentarse en formato digital o en papel y contendrá un código QR que permitirá comprobar su autenticidad
- será gratuito, se obtendrá con facilidad e incluirá a aquellas personas vacunadas antes de la entrada en vigor del reglamento
- cada Estado miembro podría usarlo también para los viajes dentro de su territorio, si así lo establece su legislación
- los Estados miembros no deberían imponer restricciones de viaje adicionales a quienes tengan un certificado covid digital europeo, a menos que sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública
La finalidad del Certificado Digital Covid de la Unión Europea es favorecer la movilidad entre países. Pero no sirve para restringir la entrada a espacios públicos o privados, como restaurantes, ferias o salas para eventos.
El Certificado Digital no será obligatorio para viajar
El llamado pasaporte Covid de la UE tiene como objetivo facilitar la movilidad sin restricciones de las personas vacunadas, evitando las cuarentenas todo cuanto sea posible. Para no discriminar a las personas no vacunadas, también servirá para acreditar que quien lo presente cuente con una prueba negativa reciente (PCR o de antígenos) o que ha pasado la enfermedad y por tanto goza de inmunidad natural. En todo caso, no será un requisito obligatorio para viajar: en ausencia del Certificado Digital de la UE, se podrá seguir viajando pero haciéndose antes una prueba de covid o se impondrán días de aislamiento.
El certificado se expedirá en formato digital o en papel, dependiendo de la preferencia del titular, y contendrá un código QR vinculado a un registro de la base de datos europea con todos los datos clave y la firma digital de autentificación.
El Estado miembro de llegada se limitará a verificar la autenticidad del certificado, ya que los datos sanitarios no se transfieren. El pasaporte covid estará en la lengua del país que lo emite y también en inglés.
Será reconocido por los Estados miembro para viajar entre territorios dentro del área Schengen, aunque los países pueden establecer restricciones de entrada adicionales. No se ha aprobado nada que implique que se pueda usar este documento para viajar a terceros países como Reino Unido o Estados Unidos, pero podrían darse acuerdos entre países que lo permitan.
Las pruebas PCR no serán gratis
Para alcanzar este acuerdo, el Parlamento Europeo ha tenido que renunciar a su pretensión de que las pruebas PCR o de antígenos fueran totalmente gratuitas para viajeros.
La Eurocámara argumentaba que mientras que las vacunas son gratis en toda la Unión Europea, los test pueden costar hasta 200 euros. Unos precios prohibitivos que suponen una discriminación hacia las personas que aún no han tenido acceso a la vacuna.
Por esta razón, el proyecto de acuerdo contemplaba que cada Estado miembro debería hacerse cargo del coste de las pruebas de covid para viajar como una manera de facilitar la libre circulación dentro de la Unión, basado en un respeto estricto a la no discriminación y de los derechos fundamentales de la ciudadanía de la Unión Europea.
Sin embargo, algunos países, entre ellos España, se negaron a asumir el alto coste que supondría pagar del erario público el precio de los test para viajes no esenciales.
Así que finalmente se ha acordado es que la Comisión Europea ponga a disposición de los estados miembro una partida de 100 millones de euros para ayudarles a proporcionar pruebas asequibles a quienes viajen, pero en realidad no compromete a nada a los Gobiernos.
Estos fondos en realidad deben beneficiar sobre todo a trabajadores transfronterizos y a las personas que viajen con frecuencia por motivos de negocios o estudios.
Ahora bien, como a pesar de este acuerdo, son realmente los estados miembro los que establecerán los requisitos de entrada a sus territorios, es posible que el principio de no discriminación no se cumpla cuando los estados eximan de certificaciones de prueba y vacuna a terceros países y no lo hagan con sus nacionales o visitantes de otro estado de la Unión.
Los Estados miembro también han rechazado limitar el precio máximo de las pruebas en un mercado libre.
Restricciones proporcionales
El Parlamento Europeo pretendía que los Estados miembros no pudieran imponer cuarentenas ni ningún otro tipo de restricción adicional de viaje a quienes portasen un Certificado Digital Covid de la UE.
Pero esto tampoco se ve reflejado en el acuerdo final.
Se trata de una competencia nacional y los Estados quieren reservarse la posibilidad de bloquear los movimientos e imponer cuarentenas en cualquier momento.
Eso sí, la propuesta de reglamento acordada precisa que cualquier restricción debe ser «necesaria y proporcional para salvaguardar la salud pública en respuesta a la pandemia de la COVID-19». Cualquier limitación deberá comunicarse con 48 horas de antelación a Bruselas y al resto de Estados miembro.
Artículo publicado originalmente el 21 de mayo, 2021
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