Cómo viajar en elecciones en España: cómo votar (y qué hacer si…)
VOTA Y VIAJA
El próximo 23 de julio se celebrarán elecciones generales en España. Si tienes previsto viajar o no vas a estar en el país, consulta en esta guía cómo puedes votar por correo o desde el extranjero. Y qué hacer para excusar tu presencia en una mesa electoral.
Las elecciones generales en España están previstas para el domingo 23 de julio 2023. Esto significa que la maquinaria electoral vuelve a estar a pleno rendimiento, incluida la opción del voto por correo si vas a estar ausente por viajar en elecciones. Si eliges este método, ten en cuenta que no podrás votar en persona el día de las elecciones.
Ya está publicada en el BOE la convocatoria oficial para las elecciones del 23 de julio 2023, que incluye fechas importantes e información sobre el voto por correo.
- Hasta el 13 de julio puedes solicitar el voto por correo.
- A finales de junio sabrás si te han designado como miembro de mesa electoral.
- La campaña comenzará el 7 de julio 2023.
A continuación te explicamos cómo solicitar el voto por correo y cuáles son los plazos correspondientes. Tanto si no vas a salir de España pero vas a viajar fuera de tu localidad de residencia, como si viajas fuera del país o ya estás en el extranjero.
- Si vas a estar ausente el día de las elecciones generales del 23 de julio 2023, ya puedes solicitar el voto por correo. El plazo para solicitarlo finaliza el 13 de julio.
- Si resides en el extranjero, los plazos son diferentes. Recibirás la documentación y las papeletas entre el 17 y el 23 de junio. Si optas por votar en urna en los colegios electorales designados, tienes del 15 al 20 de julio para hacerlo. Si prefieres enviar tu voto por correo, la fecha límite es el 18 de julio.
- La Junta Electoral ha cambiado sus criterios para estas elecciones y ahora es necesario identificarse con un documento oficial válido también para presentar las papeletas de voto por correo. Si quieres votar por ausencia ahora deberás llevar tus papeletas en persona a una oficina de correos y mostrar tu documento identificativo. Las boletas depositadas en buzones no serán válidas.
- Sobre la posibilidad de esgrimir que estarás de viaje para no acudir a una mesa electoral: la Junta Electoral Central ha emitido un criterio interpretativo para unificar criterios sobre las vacaciones o viajes contratados antes del 30 de mayo, solicitando a las juntas de zona que valoren dichas contrataciones.
- La aceptación o no de estas excusas para no estar en la mesa electoral dependerá del criterio de la junta de zona, considerando la disponibilidad de personal suficiente para ocupar las mesas y la demostración de perjuicio económico o trastorno grave causado por asistir a la misma.
Cómo viajar en elecciones en España: guía 2023
Sobre mesas electorales
Las próximas elecciones generales en España se han convocado en pleno verano. El 23 de julio más de la mitad de la población española estará de vacaciones. Así que te aconsejamos sobre cómo gestionar tus planes de viaje si se te convoca a una mesa electoral.
Selección y asistencia a las mesas electorales del 23J:
- El sorteo de presidentes y miembros de las mesas electorales tendrá lugar entre el 23 y el 27 de junio 2023. Este sorteo es público y aleatorio e incluye a electoras y electores menores de 70 años que sepan leer y escribir.
- La notificación de si has sido seleccionado para estar en una mesa electoral se enviará a finales de junio, en un plazo de tres días después del sorteo.
- Si resultas seleccionado, tiene siete días para alegar razones válidas y documentadas para no asistir. La junta electoral responderá en un plazo de cinco días a los recursos y dictará una resolución inapelable.
En el caso de que tengas que aplazar o suspender tu viaje, merece la pena más que nunca contar con un seguro de viajes con cobertura de anulación.
Sigue leyendo para conocer las exenciones que te permitirán no acudir a una mesa electoral y sobre los plazos de notificación.
Convocatoria electoral | 30 de mayo 2023 |
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Sorteo mesas | Entre 24 y 28 de junio 2023, en ayuntamientos |
Notificación designaciones | 24 junio al 1 julio 2023, plazo de 3 días siguientes al del sorteo |
Alegaciones/renuncias | 25 junio al 8 julio 2023, plazo de 7 días desde notificación |
Resolución alegaciones | 26 junio al 13 julio 2023, a los 5 días desde presentada la alegación; se notifica resolución, en su caso, a primer suplente |
Mesa electoral: qué hacer si viajas durante el 23J
El 23 de julio 2023 se celebran elecciones generales en España.
Puedes solicitar el voto anticipado por correo por ejemplo si:
- vas a estar de viaje
- estarás ausente en la jornada electoral por cualquier motivo
- algo te impide acudir al lugar designado para las votaciones.
En esta página te explicamos lo que debes saber si tienes planeado un viaje y te convocan a una mesa electoral.
La Junta Electoral Central y los planes de vacaciones previos para las elecciones generales
La Junta Electoral Central ha emitido un criterio interpretativo solo aplicable a las elecciones generales del 23 de julio 2023 que viene a unificar criterios sobre las vacaciones o viajes contratados antes del 30 de mayo, fecha de convocatoria de las elecciones.
Criterios de aprobación:
- Las juntas electorales locales evaluarán los planes de vacaciones o viajes reservados antes del anuncio de las elecciones.
- La evaluación se aplica a cualquier destino y tiene por objeto determinar el impacto en las personas asignadas a las mesas electorales.
Consideraciones para la toma de decisiones:
- Personal adecuado: que exista personal suficiente para todas las funciones, incluidos presidentes, vicepresidentes y suplentes en cada mesa electoral.
- Demostrar que tienes una reserva previa: debes justificar tu alegación con documentación que demuestre que los planes de vacaciones se hicieron antes del 30 de mayo. Además, si así lo esgrimes, deberás presentar al tribunal pruebas justificativas (facturas) para establecer posibles «pérdidas económicas o trastornos significativos» en caso de asistir al colegio electoral el 23 de julio.
Ten en cuenta lo siguiente:
- Presentar una alegación por tener que viajar el día electoral, no te exime automáticamente de formar parte de una mesa si has sido designado para ello. La excusa no está garantizada para las personas con compromisos previos el día de las elecciones.
- La decisión final (inapelable) corresponde a las juntas electorales locales, basándose en los criterios y consideraciones antes mencionados. Debes esperar una resolución que estime tus pretensiones. De ser desestimada, no podrás viajar y tendrás que presentarte para formar la mesa electoral.
¿Puedo evitar ser miembro de una mesa electoral debido a un viaje programado?
Depende de la situación. Existen una serie de excepciones que permitirían excusar tu servicio en una mesa electoral.
Un viaje reservado con antelación NO supone un motivo válido para quedar exento de participar una mesa electoral el día de las votaciones. Pero la administración electoral puede estimar si ese viaje resulta relevante o supone un perjuicio económico y resolver de manera favorable una exención.
¿Me pueden llamar a una mesa si solicito el voto por correo?
SÍ. Siempre es posible que te llamen a una mesa electoral aunque hayas solicitado votar por correo.
El mero hecho de solicitar el voto por correo no supone una causa de exención para ser llamado a una mesa y participar en el proceso electoral.
La solicitud del voto a distancia y la conformación de las mesas electorales son dos trámites diferentes que no se entienden entre sí.
Solicitar el voto por correo no te exime de ser convocado a una mesa electoral.
Qué hacer si tienes un viaje programado y te asignan a una mesa electoral
Nada te impide viajar aunque se hayan convocado elecciones, ya que siempre puedes votar por correo.
Sin embargo, debes preocuparte de que te llamen para estar en una mesa electoral.
Se trata de una designación obligatoria que, en muchos casos, no es posible eludir.
Viaje programado anterior a la convocatoria electoral
Para proteger un viaje previsto o unas vacaciones organizadas con anterioridad a la convocatoria electoral, ya sea pagado en su totalidad o en parte, además del voto postal, caben otras opciones ante la posibilidad de ser convocado a una mesa electoral:
- cancelar el viaje
- reprogramar el viaje
Esto no debería suponer mayor problema si:
- contrataste tu viaje o reservaste elementos con tarifa flexible o con cancelación sin gastos
- dispones de un seguro de viaje que cubra anulación o cancelación anticipada.
La mayoría de seguros de viaje incluyen entre sus condiciones la posibilidad de recibir una indemnización por tener que cancelar un viaje, en su totalidad o en parte, si el titular de la póliza y, en su caso, alguno de sus acompañantes de viaje, es llamado a un deber público inexcusable como es tener que presentarse a una mesa electoral.
Viaje programado entre la convocatoria de las elecciones y su celebración
Si tienes previsto viajar a partir de la convocatoria de las elecciones, es recomendable que protejas tu viaje ante una posible contingencia.
Por ejemplo, puedes:
- contratar tu viaje o reservas para el mismo con opciones de cancelación flexibles
- contratar un seguro de viaje que cubra anulación o cancelación anticipada.
Ten en cuenta que algunas aseguradoras podrían negarse a dar cobertura en caso de cancelación anticipada por no viajar si el hecho causante (convocatoria electoral o ser llamado a una mesa) ya se conocía antes de contratar la póliza.
Cuándo contratar un seguro de cancelación
Un seguro de cancelación permitiría recuperar tu dinero si te convocan a una mesa electoral y no puedes viajar.
Dependiendo del condicionado de la póliza, puede ser necesario contratar el seguro de viaje completo o la cobertura adicional de cancelación o anulación:
- en el momento de reservar vuelos, hoteles u otros servicios que formen parte del viaje,
- o inmediatamente después.
Para evitar quedar excluido de estas coberturas, es importante contratarla siempre antes de conocer si te han convocado a una mesa electoral.
Cuándo se notifica si te convocan a una mesa electoral
Si has sido elegido presidente, vocal o suplente de una mesa electoral, recibirás una notificación por correo certificado en los tres días siguientes a la realización del sorteo.
Una vez seas notificado, tendrás siete días para presentar objeciones ante la Junta Electoral, mediante escrito motivado o carta de renuncia.
Quién forma parte de la mesa electoral
La composición de los miembros de cada mesa electoral se realiza por sorteo público. Se elige entre la totalidad de personas incluidas en el censo electoral de la mesa correspondiente.
Estas personas no pueden concurrir en candidatura en las elecciones y deben,
- saber leer y escribir,
- ser menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.
Se elige:
- 1 presidente de mesa,
- 2 vocales,
- 6 suplentes (2 por cada miembro de mesa)
Estos cargos son obligatorios. Si resultas designado debes presentarte en el colegio electoral a la hora estipulada para constituir la mesa de votaciones el día de las elecciones. Aunque seas suplente. No hacerlo es infringir la ley. Esto puede suponer pena de prisión o multa.
El presidente de la mesa electoral deberá poseer un mínimo nivel de formación. Se prefiere:
- título de Bachiller,
- título de Formación Profesional de segundo Grado
- o, de manera subsidiaria, el de Graduado Escolar o equivalente.
El sorteo de mesas electorales
Este sorteo lo organiza cada ayuntamiento. Se realizan en toda España entre los días 25.º y 29.º posteriores a la convocatoria de las elecciones.
La Junta Electoral notificará su designación a los miembros dentro de los 3 días siguientes al del sorteo.
- Consulta la tabla de fechas clave al comienzo de esta página para conocer cuándo será el sorteo para estas elecciones.
Notificación para estar en una mesa electoral
Tras el sorteo, se notifica a los miembros de las juntas electorales su participación en el proceso en un plazo de tres días.
Si has sido seleccionado para estar en una mesa electoral, recibirás una notificación personal y un manual de instrucciones por correo certificado en los tres días siguientes al sorteo.
Qué pasa si no recibo o rehuso la notificación para estar en una mesa electoral
Durante el trámite de notificación puede darse alguno de estos casos:
- estar ausente cuando llega la notificación para una mesa electoral
- rehusar o no aceptar la notificación
En cualquier caso, es posible comprobar si se ha sido seleccionado como miembro de una mesa electoral consultando las páginas web de algunos ayuntamientos.
Notificaciones
Si estás ausente de tu domicilio para entregarte la notificación, está se practicará en cualquiera de estas formas:
- correo certificado
- visita de la policía local a tu domicilio o lugar de trabajo
- contacto con familiares y vecinos.
Si no se puede establecer contacto, se dejará un aviso en tu buzón para que recojas la notificación en la oficina de correos. De esto se informa a la Junta Electoral.
Una vez recibas la notificación para participar en una mesa electoral, dispondrás de siete días para alegar causa de renuncia justificada y documentada.
La Junta Electoral resuelve en un plazo de cinco días y comunica cualquier sustitución al primer suplente.
Qué pasa de no presentarte en la mesa electoral
Los cargos de presidente, vocal o suplente en una mesa electoral, deben ejercerse de manera obligatoria.
Si resultas designado debes presentarte en el colegio electoral a la hora estipulada para constituir la mesa de votaciones el día de las elecciones.
No hacerlo o abandonar la mesa sin motivo aceptado es infringir la ley.
Esto puede suponer,
- pena de prisión de 3 meses a 1 año
- una sanción administrativa, multa de 6 a 24 meses
- la cuantía de la multa se decide por el juez en cada caso.
Cómo justificar tu ausencia de la mesa electoral
Si tienes un viaje programado y te eligen para la mesa electoral, puedes excusar tu ausencia acreditando alguna de las siguientes causas.
Para excusar tu ausencia:
- debes hacerlo en un plazo de siete días desde que recibas la notificación
- puedes utilizar el formulario online o presentar el modelo de excusa
- deberás motivar y justificar la solicitud de exclusión en su caso.
La petición de renuncia se resuelve en un plazo de cinco (5) días hábiles. La resolución puede ser:
Estimada | Significa que no tendrás que presentarte el día de votación para constituir la mesa electoral. |
---|---|
Desestimada | Significa que se confirmará tu llamamiento y deberás presentarte el día señalado para constituir la mesa electoral. |
La decisión final de la Junta Electoral es definitiva. Contra ella no cabe recurso alguno.
Es posible excusar tu ausencia en una mesa electoral debido a:
- causas personales
- causas familiares
- causas profesionales.
otros motivos
En casos no previstos entre los anteriores, la instrucción de 2011 de la Junta Electoral Central define, con carácter general, las excusas aceptables e inaceptables, englobando todos los cambios recientes.
Esta es la directriz que enumera las excusas que se aceptarán directamente, siempre que se demuestren tal como indica la instrucción. Cualquiera que no figure en este documento, se evaluará caso por caso.
Causas personales para no ser miembro de una mesa electoral
Puedes evitar formar parte de una mesa electoral alegando cualquiera de estas razones personales, si:
- tienes más de 65 años
- tienes una discapacidad
- has formado parte de una mesa electoral tres (3) veces en los últimos diez (10) años
- te encuentras en situación legal de incapacidad laboral temporal
- estás en internamiento en un centro penitenciario o psiquiátrico
- has cambiado tu residencia permanente a otra Comunidad Autónoma (distinta de la que te convoca)
- eres pensionista con incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
- estás embarazada, a partir del sexto mes de embarazo
- estás de baja laboral por maternidad
- tienes programada una intervención quirúrgica o análisis clínicos relevantes el día de la votación, en los días inmediatos anteriores o el día posterior
- perteneces a una comunidad religiosa en régimen cerrado.
Causas familiares para no ser miembro de una mesa electoral
Puedes evitar formar parte de una mesa electoral alegando cualquiera de estas razones familiares, si:
- eres madre y en período de lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses
- eres madre o padre de menores de 14 años, siempre y cuando acredites que el otro progenitor no puede cuidar del menor durante la jornada electoral
- estas al cuidado directo de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial
- tienes eventos familiares relevantes planificados que no se puedan posponer o que hacerlo provoque perjuicios económicos
Causas profesionales para no ser miembro de una mesa electoral
Puedes evitar formar parte de una mesa electoral alegando cualquiera de estas razones profesionales, si:
- tienes que prestar servicios esenciales porque eres personal:
- médico, sanitario, farmacéutico, bombero o policía, entre otros
- trabajas en funciones electorales o debes prestar servicio en:
- juzgados, juntas electorales y administraciones públicas
- diriges un medio de comunicación
- diriges una redacción o departamento de servicios informativos que deba cubrir la jornada electoral en un medio de comunicación
- debes participar en un evento profesional público en el que no se puedas ser sustituido.
¿Se puede evitar una mesa electoral debido a un viaje?
Primero debes considerar:
- la normativa vigente y las excusas tasadas
- cómo vas a justificar la ausencia
- cuál será la respuesta a la renuncia
Justificar tu ausencia debido a un viaje
Si tienes un viaje programado que coincide con la fecha de las elecciones y fue reservado con antelación,
- tienes derecho a justificarlo aportando las reservas o cualquier documento acreditativo que valide tu solicitud o demuestre el perjuicio económico de perder esos billetes.
- es probable que tu reclamación no prospere si el viaje no está relacionado con causas justificadas, como acontecimientos familiares importantes e inaplazables.
Aunque no sea una de las causas previstas en la normativa de votaciones, es posible obtener el pronunciamiento de la Junta Electoral, ya que debe revisar cada caso concreto que se presente.
Por lo general, tener un viaje programado o unas vacaciones reservadas con antelación, aunque hayan sido pagadas con anterioridad, no supone un motivo válido para quedar exento de participar una mesa electoral el día de las votaciones.
Sin embargo, siempre podrías alegar:
- que se trata de un acontecimiento familiar importante
- que su anulación devengaría en perjuicio económico
Y aportar toda la documentación que consideres oportuna, incluyendo facturas, billetes de transporte o contratos de reserva turística para que el tribunal pueda entrar a valorar.
No obstante, existe jurisprudencia de casos anteriores y una instrucción de la Junta Electoral Central que considera que un viaje programado no podría considerarse como un acontecimiento relevante aunque su no realización suponga un perjuicio económico.
Así que lo mejor es hacerte cuanto antes con un seguro de viaje con cobertura de cancelación anticipada o anulación de viaje.
A medida que las ciudades vuelven a recibir viajeros de todo el mundo, asegúrate de consultar y cumplir todos los requisitos y restricciones para viajar a tu destino. Varían mucho y seguirán cambiando. Una forma de estar al día es consultar el mapa de restricciones de viajes por COVID-19 de la aseguradora Intermundial. Proporciona información específica del destino o según el itinerario que indiques, incluidas las normas de cuarentena a la llegada, los requisitos de pruebas y otra información que debes conocer antes de viajar.
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